• Legislación sobre el blanqueo de capitales

    La legislación española al respecto gira en torno a:

         1. LEY DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES (LPBC). La ley 10/2010 de 28 de Abril sobre determinadas medidas de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la financiación del terrorismo.
          2. REGLAMENTO DE LA LEY. Real Decreto 925/1995, de 9 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales. Posteriormente se recogen modificaciones menores en el Real Decreto 54/2005 de 21 de enero.

    Completan la normativa relativa a la prevención del blanqueo de capitales la siguiente legislación:

    Ley 10/2010, de 28 de Abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
    Real Decreto 925/1995, de 9 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 19/1993 sobre determinadas medidas de prevención del  blanqueo de capitales, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 10/2010.
    Real Decreto 25/2005, de 21 de enero, por el se modifica el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención de blanqueo de capitales, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 10/2010.
    Ley 12/2003, de 21 de mayo, de bloqueo de la financiación del terrorismo.
    Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.

    Real Decreto 1080/1991 de 5 de julio, por el que se determinan los Países o Territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 21/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.
    Orden ECO 2652/2002, de 24 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de comunicación de operaciones en relación con determinados países al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales en Infracciones Monetarias.
    Resolución de 10 de septiembre de 2008, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el Acuerdo de 14 de julio de 2008, de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, por el que se determinan las jurisdicciones que establecen requisitos equivalentes a los de la legislación española en prevención del blanqueo de capitales.

    Con carácter internacional cabe destacar la siguiente normativa comunitaria internacional:


    Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y de consejo de 26 de Octubre de 2005, relativa a la prevención de utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo.
    Directiva 2006/70/CE de la Comisión de 1 de Agosto de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la definición de “personas del medio político” y los criterios técnico aplicables en los procedimientos simplificados de razones de actividad financiera ocasional o muy limitada.
    Reglamento 1889/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Octubre de 2005, relativo a los controles de la entrada o salida de dinero efectivo de la Comunidad.
    Ratificación de la Convención de las Naciones Unidas, de 15 de Noviembre de 2000, instrumento de Ratificación contra la Delincuencia Organizada Transaccional, hecho en Nueva York el 15 de noviembre de 2000.

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